En este material se describen cada una de las comisiones que integran la organización escolar, aunado a ello, se hace referencia de la base legal que las fundamentan, asimismo, se hace mención de la importancia de cada una de ellas y sus funciones.
martes, 31 de marzo de 2015
Introducción
La organización como
una de las fases de la administración general en el ámbito educativo tiene
mucha relevancia, púes gracias a ella el administrador educativo ordena,
aprovecha y distribuye los elementos tanto materiales, financieros y
principalmente humanos para llevar a cabo las diversas tareas que realiza la
institución educativa. Es por ello, que en cada centro educativo es común
observar comisiones escolares.
De manera general la
integración de dichas comisiones se fundamenta en el artículo 36 inciso k) del decreto
12-91 Ley de Educación Nacional que establece como una obligación del personal
docente integrar comisiones internas en su establecimiento educativo. Sin
embargo, existen leyes y normas que rigen la conformación, funcionamiento y
atribuciones específicas de cada una de ellas. A continuación se abordarán los
fundamentos legales que respaldan el trabajo de cada comisión escolar.
Comisión de finanzas
La comisión o comité
de finanzas es el órgano representativo de un establecimiento educativo,
encargado de percibir y registrar los egresos e ingresos económicos generados
en diversas actividades, así como controlar y supervisar los gastos que
redunden en beneficio del educando.
Se fundamenta en el
Acuerdo Presidencial No. 399 Reglamento de recaudaciones de fondos en los
establecimientos educativos oficiales de la república y en el Acuerdo
Ministerial No. 185 Instructivo para el funcionamiento de los comités de
finanzas.
lunes, 30 de marzo de 2015
Comisión de Evaluación de los Aprendizajes.
Es la responsable de
velar por el cumplimiento del reglamento vigente con respecto a la evolución de
los aprendizajes en los niveles de educación, preprimaria, primaria y media.
Tiene como
fundamento legal el Acuerdo Ministerial 1,171-2010. Reglamento de la evaluación
de los aprendizajes para los niveles de educación Preprimaria, Primaria y
Media. En él se estable la integración y funciones de dicha comisión.
Comisión de Disciplina
Es la encargada de
velar por el cumplimiento de las leyes vigentes en cuanto a la convivencia
armónica entre los estudiantes dentro del establecimiento escolar.
Se fundamenta en el
Decreto legislativo No. 27-2003 Ley de protección integral de la niñez y
adolescencia, artículo 43. Disciplina de los centros educativos y en el Acuerdo
Ministerial No. 01-2011 Normativa de convivencia pacífica y disciplinaria para
una cultura de paz en los centros educativos reformado por el acuerdo
ministerial 1,505-2013.
Comisión de Cultura
Es la comisión que
tiene como compromiso fundamental el propiciar espacios de intercambio,
creación, difusión y promoción de manifestaciones culturales de diversa índole.
Las mismas incluyen manifestaciones artísticas, literatura, pintura, danza,
artes escénicas y la trasmisión de tradiciones locales, nacionales e
internacionales.
Tiene como
fundamentos legales la sección segunda de Constitución Política de la República
de Guatemala donde se establece que la cultura es un derecho social. También la sección cuarta de la misma
Constitución en el artículo 72 establece como fin primordial el desarrollo
integral de la persona humana y el conocimiento de la cultura nacional y
universal.
Comisión de deporte
Es la encargada de
promover y velar por todas las actividades deportivas que se llevan a cabo dentro
y fuera del centro educativo como parte de la sana recreación física, mental y
emocional de los educandos.
Se fundamenta principalmente
en la sección Sexta de la Constitución Política de la República de Guatemala
que establece lo relacionado al deporte. También se fundamenta en el Decreto 12-91 Ley
de Educación Nacional que en el artículo 2
incisos b) y j) establece que entre los fines de la educación está el
fomentar actitudes y aptitudes favorables para actividades de carácter físico y
deportivo estético.
Comisión de ornato y mantenimiento del edificio escolar.
Tiene como
responsabilidad fundamental planificar, organizar y desarrollar actividades que
fomenten la presentación, conservación y correcto ornato de la institución
educativa.
Tiene sus fundamentos
legales en el decreto No. 58-98 ley de administración de edificios escolares
artículo 1.
También en el
decreto 12-91 Ley de Educación Nacional en su artículo 34 y 37 establece la
corresponsabilidad de los educandos y del director en cuanto al cuidado y buen
uso de los bienes muebles e inmuebles del centro educativo.
Conclusión
La organización
escolar se fundamenta en la necesidad de ordenar los elementos y factores desde
una perspectiva de mejora del sistema o servicio que prestan las instituciones
educativas. Por ello, es imprescindible que todo administrador educativo tenga
pleno conocimiento de las leyes educativas, púes con ello no solo respaldará
sino que también tendrá mayor eficiencia en cada una de sus acciones. También
es importante que el personal docente tenga claro cuáles son sus funciones,
atribuciones y obligaciones dentro de
la comisión escolar que integre y la
relación formal que pueda tener con las demás comisiones escolares.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)